A PARTIR del 16 de ENERO de 2023.
Se pone en funcionamiento de un nuevo tipo de inspección a la importación por parte del SOIVRE. Los nuevos controles tienen la finalidad de mejorar la protección de la salud y la sostenibilidad de los aparatos eléctricos que todos utilizamos.
Solo se podrán importar aquellos productos que cumplen con los requisitos técnicos que faciliten los procesos de reciclado y eliminación de residuos, así como la reducción de la contaminación y la prevención de los daños medioambientales y de la salud causados por las substancias restringidas.
¿QUÉ SIGNIFICAN LAS SIGLAS RoHS y el RAEE?
RoHS: Restriction of Hazardous Substances. Restricción de Sustancias Peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. §RAEE: Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos y de pilas, acumuladores y baterías.
¿EN QUÉ CONSISTEN LOS NUEVOS CONTROLES?
Se ha implementado el Punto Único de Entrada “PUE RoHS” para la gestión de los controles a realizar por el Servicio de Inspección SOIVRE, enmarcados en el RD 993/2022, relativo al control ROHS y RAEE de aparatos eléctricos y electrónicos y pilas y acumuladores.
Los controles previos al despacho a la libre práctica de material procedente de países terceros verificarán que: §Las importaciones de material eléctrico, material electrónico, pilas, acumuladores y baterías cumplen con las normas que fijan restricciones a la utilización de sustancias peligrosas en la fabricación de esos productos. §Los responsables de la introducción en mercado de la UE de AEE y pilas, acumuladores y baterías cumplen con la obligación de estar inscritos en el Registro Integrado Industrial (RII) y con la gestión ambiental de sus residuos.
Los controles revisaran si las importaciones de material eléctrico, material electrónico, pilas, acumuladores y baterías cumplen con las normas de fabricación.
¿CUÁNDO SE APLICAN?
A partir del 16 de enero de 2023.
¿A QUIÉN AFECTA?
Afecta principalmente a los fabricantes e importadores de equipos eléctricos y electrónicos de la Unión Europea.
PRODUCTOS INDUSTRIALES OBJETO DE INSPECCIÓN
- Grandes y pequeños electrodomésticos.
- Dispositivos informáticos y de telecomunicaciones.
- Electrónica de consumo.
- Equipos de iluminación.
- Herramientas eléctricas y electrónicas.
- Juguetes, deportes y equipos de ocio.
- Dispositivos médicos.
- Instrumentos de vigilancia y control.
- …
El requisito de inspección SOIVRE RoHS/RAEE se integra en el TARIC. A los productos industriales objeto de inspección SOIVRE se les aplican las comprobaciones que correspondan a cada caso:
- Los productos objeto de inspección SOIVRE de seguridad industrial (RD 330/2008).
- Los aparatos eléctricos y electrónicos (RD 110/2015) y las pilas y acumuladores (RD 106/2008).
- Los aparatos eléctricos y electrónicos a los que se les apliquen las restricciones sobre sustancias peligrosas RoHS (RD 2019/2013).
¿QUIÉN REALIZA LOS CONTROLES?
El Servicio de Inspección SOIVRE es el organismo competente en el control previsto en el marco del Real Decreto 993/2022, de 29 de noviembre.
¿QUÉ VA A COMPROBAR EL SOIVRE?
Según el ámbito de aplicación de cada norma, los controles consistirán esencialmente en:
- Comprobar la inscripción en el registro correspondiente y la documentación técnica que acredite el cumplimiento.
- Eventualmente se realizarán inspecciones físicas y ensayos analíticos.
Para pasar el control el fabricante/importador debe:
Estar dado de alta en el Registro Integrado Industrial (RII).
Adjuntar la documentación técnica necesaria: Declaración de conformidad + Informe de ensayo de producto final o Certificaciones de producción de terceros.
Artículo fuente: https://ertransit.com/nuevos-controles-rohs-y-raee-a-la-importacion-de-material-electrico-y-electronico/